B
Automóviles cuya M.M.A. no exceda de
3.500 kg. y hasta 9 asientos, incluido el
conductor. Pueden llevar enganchado un
remolque de M.M.A. hasta 750 kg.
Conjuntos de vehículos formados por
un automóvil de permiso de la clase B y
un remolque, siempre que la M.M.A. del
conjunto no exceda de 3.500 kg. y la M.M.A. del remolque no exceda de la masa en vacío del vehículo.
Triciclos y cuadriciclos de motor cuya M.M.A. no exceda de 3.500 kg
Vehículos para personas de movilidad reducida.
Vehículos especiales no agrícolas (o conjunto), cuya velocidad máxima autorizada no exceda de 40 km/h.
Vehículos especiales agrícolas autopropulsados o conjuntos de los mismos, cuya masa o dimensiones máximas autorizadas no excedan de los límites establecidos.
No implica la concesión del A1 y A.
Edad mínima: 18 años.


B
LCM

LVA

AM

A1

A2

A


BTP

C1-C

C+E

ITC

D1-D